El Senado, al aprobar ayer el proyecto de reforma tributaria, dejó sin efecto
una propuesta para la eliminación de la importación de ropas y zapatos usados,
actividad que se conoce popularmente como venta de pacas.
Sin embargo, mantuvieron invariable el artículo 54, donde se propone cobrar
impuestos a toda mercancía de bajo valor, que se importan, libre de impuestos, a
través de despacho expreso de envíos (courier) y cuya compra se hace por
Internet.
En ese sentido, los senadores eliminaron el artículo 55, acápite 1 del
informe rendido por la comisión bicameral, donde se proponía la eliminación de
la importación de prenderías, trapos y calzados usados, ya sea para fines
comerciales, como de beneficencia.
La petición para que se deje sin efecto la prohibición de las “pacas,
pilitas, sacúdelos, abájate boutique” o simplemente ropas usadas, la hizo el
senador Rafael Calderón y respaldada por sus compañeros. Los congresistas,
además, decidieron aplazar la entrada en vigencia de la anunciada amnistía
fiscal, hasta que el Congreso Nacional no apruebe una ley donde se establecerá
la reglamentación.
En el artículo 10 de la propuesta aprobada, se establece que a los premios
obtenidos en loterías, fracatanes, lotos, deportes y otros juegos de azar u
otros tipos de apuesta se le cobrará el 25% cuando sobrepase el millón de pesos.
Cuando sea entre medio millón al millón, será un 15% y si está entre los cien
mil a 500 mil, se le cobra un 10%. También está el impuesto a la transferencia
de un inmueble, que se elevaba de un 3% a un 4.5% se quedará como está vigente;
y eliminó el artículo que gravaba a las ONG, que trabajan con educación, salud y
cultura.
También fue modificado el artículo 12 de la ley sobre Energía Renovable en la
que establecía una exención de un 75% del Impuesto Sobre la Renta y se redujo en
un 40%. Mientras que con relación al incremento del Avtur, de un 8% al pago del
Ad Valorem, fue reducido a un 6.5% En el informe también se establece que se
eliminará de manera parcial el artículo 40 del proyecto original, para
establecer que será sometido un proyecto dentro de 60 días para modificar la Ley
28-01 tendente a limitar los incentivos a algunas empresas de zonas
fronterizas.
FUE SANCIONADO EN DOS LECTURAS
El proyecto fue aprobado en dos
lecturas consecutivas, con su informe y con las modificaciones que se le hizo.
Fue aprobado por los 30 senadores presentes. El reformista Amable Aristy Castro,
aunque estaba, abandonó el salón antes de las votaciones al igual que el
oficialista Carlos Castillo, quienes se excusaron. El proyecto recibió un
informe favorable que le rindió la comisión bicameral que estuvo a cargo de su
estudio. El informe presentado fue firmado por todos los senadores y diputados
que conformaron la comisión bicameral, con la excepción de los diputados
perredeístas, Ruddy González y Radhamés González, ya que su organización ha
adelantado que no la apoyará
También se redujo de un 5% a un 3% de impuestos a las ventas locales que
hagan las empresas de zonas francas.
Además en la reforma fiscal se eliminó el 5% de las ventas para las
industrias textiles y de calzados, establecido en la ley 56-07.
Otras modificaciones incluidas es el no pago del ITBIS por servicios en los
salones de belleza, y la peluquería, y se eliminará el 10% de las propinas en
los restaurantes.
También serán exentos los impuestos a los negocios informales y sólo serán
gravados aquellos cuyos volúmenes de compras y ventas sobrepasen los 50 mil
pesos diarios.
Los cuales deberán pagar 12 mil pesos anuales.
La ley, que debe ser completada por los diputados, el próximo martes, dispone
que el impuesto de 1% sobre el valor de los vehículos se mantenga pero con
vigencia a partir del 2014.
De igual modo, se acordó bajar de 75 a 40% la exención del impuesto sobre la
renta a la que se acogen los “autogeneradores” de energía renovable.
En otro punto que se ha flexibilizado es en el concerniente al impuesto de 5%
sobre las ventas de las industrias bajo el régimen de la Ley 56-07, el cual fue
eliminado.
Pero se mantuvo el gravamen para los vehículos por emisión de monóxido de
carbono (CO2), pero se redujeron los porcentajes de 0, 1, 3 y 5 y se cambió por
0, 1, 2 y 3 la proporción a pagar.
El reclamo para que se mantengan los beneficios de la Ley de Inventivo
Fronterizo (28-01) tuvo sus efectos, con la eliminación del asunto del artículo
40 como estaba establecido.
No obstante, se asumió el compromiso de modificar dicha legislación en un
plazo de 60 días para establecer ciertas regulaciones.
El Congreso también eliminó el impuesto del 10% correspondiente a la propina
en los restaurantes, mientras que las ventas de las empresas de zonas francas en
el mercado local tendrán una carga de 3.5%.
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